COMPATIBILIDAD PENSIÓN JUBILACIÓN Y PENSIÓN DE VEJEZ.

COMPATIBILIDAD PENSIÓN JUBILACIÓN Y PENSIÓN DE VEJEZ.

Cuando una persona se encuentra pensionado con una pensión de jubilación y se pretende la pensión de vejez, existe una Prohibición de percibir doble asignación del Tesoro Público. Conforme al artículo 128 de la Constitución Política, nadie puede desempeñar más de un empleo público ni recibir más de una asignación que provenga del tesoro público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado, salvo casos expresamente determinados en la ley.

Sin embargo. En desarrollo de la anterior premisa constitucional, el artículo 19 de la Ley 4 de 1992 existen unas excepciones, a la regla prohibitiva de percibir simultáneamente dos asignaciones del tesoro público, las cuales son:

  • “Las que reciban los profesores universitarios que se desempeñen como asesores de la rama legislativa.
  • Las percibidas por el personal con asignación de retiro o pensión militar o policial de la Fuerza Pública.
  • Las percibidas por concepto de sustitución pensional.
  • Los honorarios percibidos por concepto de hora-cátedra
  • Los honorarios percibidos por concepto de servicios profesionales de salud
  • Los honorarios percibidos por los miembros de las juntas directivas, en razón de su asistencia a las mismas, siempre que no se trate de más de dos juntas.
  • Las que a la fecha de entrar en vigencia la presente Ley beneficien a los servidores oficiales docentes pensionados”.

Es importante también entrar a determinar las entidades donde se realizaron los aportes en pensión, dado que una debe ser privada y otra de carácter público, para que tenga el efecto vinculante.

Se concluye que la percepción de una pensión de jubilación por servicios prestados al Estado colombiano con la de vejez que incluye tiempos y/o cotizaciones provenientes del sector público es incompatible, salvo que la pensión de vejez se conforme con aportes privados.

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Dra. Diana Paola Cabrera Bermudez
C&V ASESORÍA JURÍDICA EMPRESARIAL 
ABOGADA  ESPECIALIZADA EN D. LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL
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